Comeco Integra – Punto de venta: Condiciones Tratamiento Datos Personales

1. Datos personales del Colaborador:

 

Los datos personales que facilite el Colaborador serán tratados por Comeco Integra, S.L.U. (en adelante, COMECO), con domicilio en C/ Meridiano nº 19 – 28850, Torrejón de Ardoz, Madrid, con la finalidad de gestionar y controlar la ejecución de la campaña de distribución de periódicos, diarios y otras publicaciones a domicilio por parte del Colaborador. La base jurídica que legitima el tratamiento de los datos del Colaborador es la necesidad para la celebración y ejecución de la citada campaña de distribución. Los datos serán conservados durante la vigencia de la campaña de distribución y, posteriormente, durante 15 años con la finalidad de atender a las posibles responsabilidades, incluso penales, derivadas de la campaña

En todo caso, el Colaborador podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y portabilidad ante COMECO a través de comunicación por escrito al domicilio indicado, aportando fotocopia de su DNI o documento equivalente e identificándose como participante en esta campaña de distribución. Asimismo, en caso de considerar vulnerado su derecho a la protección de datos personales, podrá interponer una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (www.aepd.es) o ante el Delegado de Protección de Datos del Grupo Vocento al que pertenece COMECO (dpo@vocento.com).

2. Datos personales de los lectores.

Para la correcta ejecución de la citada campaña de distribución, el Colaborador deberá tratar datos identificativos y de contacto de los lectores (en adelante, los Datos Personales) de las publicaciones adheridas a la campaña de distribución, que son responsabilidad de las empresas editoras de dichas publicaciones (en adelante, los Editores), para poder realizar la entrega de los ejemplares correspondientes.

Por lo tanto, y a los efectos de esta campaña, los Editores tendrán la consideración de responsables del tratamiento, COMECO asumirá la condición de encargado de tratamiento y el Colaborador será considerado como subencargado del tratamiento conforme a lo establecido en la normativa vigente en materia de protección de datos y en los artículos 28 y 29 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 (en adelante, RGPD).

En consecuencia, el Colaborador asume las siguientes obligaciones:

 

  • Acceder a los Datos Personales únicamente cuando sea imprescindible para el buen desarrollo de los servicios encargados.
  • Tratar los datos conforme a las instrucciones que reciba de COMECO y no destinarlos, aplicarlos o utilizarlos con fines distintos. En el caso de que el Colaborador detectase que alguna de las instrucciones de COMECO infringe la normativa de protección de datos, el Colaborador informará a COMECO de forma inmediata.
  • Garantizar que las personas autorizadas para tratar los Datos Personales se han comprometido a respetar la confidencialidad. Esta obligación de confidencialidad tendrá carácter indefinido.
  • No revelar, transferir, ceder o de otra forma comunicar los Datos Personales ya sea verbalmente o por escrito, por medios electrónicos, papel o mediante acceso informático, ni siquiera para su conservación, a ningún tercero, salvo que exista autorización o instrucción previa de COMECO. En caso de que se deba transferir o permitir el acceso a los Datos Personales a un tercero en virtud del Derecho de la Unión o de los Estados Miembros que le sea aplicable, informará a COMECO sobre la exigencia legal de manera previa, salvo que estuviese prohibido por razones de interés público.
  • Dar traslado a COMECO a la mayor brevedad posible, y como máximo en el plazo de 2 días hábiles, de cualquier solicitud de ejercicio de derechos en materia de protección de datos efectuadas por un afectado cuyos datos hayan sido tratados por el Colaborador con motivo del cumplimiento de sus funciones.
  • Dar apoyo a COMECO y/o a los Editores en la realización de evaluaciones de impacto relativas a la protección de datos y de la realización de consultas previas a la autoridad de control, cuando proceda.
  • Poner a disposición de COMECO y/o de los Editores toda la información necesaria para demostrar el cumplimiento de sus obligaciones, así como la realización de auditorías o inspecciones que realice COMECO, los Editores u otro auditor autorizado por estos.
  • Salvo para los servicios auxiliares propios de la actividad del Colaborador, en caso de que el Colaborador necesitara subcontratar todo o parte del tratamiento de los Datos Personales, deberá comunicarlo previamente y por escrito a COMECO con una antelación mínima de 1 mes, indicando los tratamientos que se pretende subcontratar e identificando de forma clara e inequívoca la empresa subcontratista y sus datos de contacto. La subcontratación podrá llevarse a cabo si COMECO no manifiesta su oposición en el plazo establecido. El subcontratista, que también tendrá la condición de encargado del tratamiento, está obligado igualmente a cumplir las obligaciones establecidas en este documento para el encargado del tratamiento y las instrucciones que dicte el responsable. El Colaborador seguirá siendo plenamente responsable ante COMECO y/o ante los Editores en lo referente al cumplimiento de las obligaciones.
  • Una vez finalizada la relación de colaboración, el Colaborador devolverá los datos a COMECO y los destruirá, siempre que no exista previsión legal que exija la conservación de los datos, en cuyo caso no podrá procederse a su destrucción durante el plazo de establecido en dicha previsión legal.
  • Adoptar y aplicar las medidas técnicas y organizativas apropiadas para garantizar un nivel de seguridad que evite su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta del estado de la tecnología, la naturaleza de los datos almacenados y los riesgos a que estén expuestos, conforme lo previsto en el artículo 32 del RGPD.
  • En caso de violación de la seguridad de los Datos Personales en los sistemas utilizados por el Colaborador para la presente colaboración, el Colaborador deberá notificar a COMECO, sin dilación indebida, y en cualquier caso antes del plazo máximo de 48 horas, las violaciones de la seguridad de los datos personales a su cargo de las que tenga conocimiento, juntamente con toda la información relevante para la documentación y comunicación de la incidencia conforme a lo dispuesto en el artículo 33.3 del RGPD.
  • Respetar todas las obligaciones que pudieran corresponderle como Encargado del Tratamiento con arreglo a la normativa vigente y aplicable en cada momento, respondiendo de las infracciones en que hubiesen incurrido personalmente, y manteniendo indemne a COMECO y los Editores frente a cualquier daño o perjuicio que se derivase de dicha infracción.


Cada una de las partes se responsabiliza de su propio cumplimiento de la normativa de protección de datos, respondiendo de las infracciones en que incurriese y manteniendo indemne a la parte no infractora frente a cualquier daño o perjuicio que se derivase de dicha infracción.